Si vives en Argentina, tus padres te hablaron de que eres descendiente de abuelos españoles y quieres nacionalizarte como español en este artículo podrás obtener toda la información sobre los requisitos para nacionalidad española para nietos en Argentina.
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¿Cuáles son los Requisitos para nacionalidad española para nietos en Argentina?
La adquisición de nacionalidad española se puede solicitar a partir del primer año de residencia; pero podrás adquirir el permiso de residencia para circunstancias excepcionales por posición familiar, descubre a continuación los requisitos para nacionalidad española para nietos en Argentina.
Requisitos
- El solicitante debe tener una familiaridad como hijo o nieto de españoles, para adquirir la nacionalidad española deberá vivir legalmente por un año en España para entregar el expediente por residencia. (Deberás tener la residencia por cualquiera de los medios legales).
- Comprobar con original y copia si sus progenitores se nacionalizaron por la Ley 52/2007 (Ley de Memoria Histórica)
- En el caso de que no quisiera vivir en España, sus sucesores tendrán la posibilidad de mostrar un expediente de residencia y trabajo en España como garantía familiar por considerar a sus progenitores o uno de ellos españoles nativos.
- Si sus progenitores o uno de ellos desea vivir sin período definido en España, podrán también sus hijos, nietos y familiares solicitar aplicación al régimen comunitario.
- El interesado podrá presentar la documentación para adquirir la nacionalidad española por residencia luego de vivir en España por un año, deberán cumplir con todos los requisitos que se le exige actualmente.
Ver artículo: Requisitos para Casarse por lo Civil en Córdoba Argentina
Nacionalidad española para nietos argentinos u otra nacionalidad
Los sucesores (hijos/nietos) exiliados de la guerra civil podrán solicitar la nacionalidad española, se recoge esta opción en el mandato adicional séptima de la Ley de Memoria Histórica.
Requisitos para adquirir el exilio
- Original y copia que verifique que ha sido beneficiado de las ayudas otorgadas por la Administración española a los exiliados.
- Original del documento emitido por la Oficina Internacional de Refugio de Naciones Unidas y Oficinas de Refugiados de estados de acogida.
- Original del acta o certificado de los informes remitidos por los partidos políticos, sindicatos u otras entidades relacionadas con el exilio.
Condición de exilio
El interesado deberá aportar la documentación que verifique la salida, ingreso de España o permanencia estable en otro estado, por medio de estos documentos:
- Pasaporte físico.
- Acta o certificado del Registro de matrícula de la Embajada o Consulado español en Argentina.
- Acta o certificado del Registro Civil consular.
- Acta o certificado del Registro civil local de país que lo recibió que verifique haber adoptado la nacionalidad del país, en este caso Argentina, igualmente el documento oficial de la época pasada donde fue acogido donde conste el año del ingreso al país.
Nota: se supondrá las condiciones de exiliados de todos los españoles al verificar su salida de España durante la fecha 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.
- El interesado deberá comparecer al registro civil español correspondiente a la residencia actual, para la solicitud.
- El interesado deberá llevar consigo las originales del acta o certificado literal de la partida de nacimiento, igualmente las de sus progenitores o uno de ellos, y en el caso de los nietos las actas de las partidas de sus abuelos españoles.
Ver artículo: Requisitos para Casarse en Argentina
Información adicional
El interesado deberá presentar las solicitudes de nacionalidad y en caso de que no se muestren los requisitos exigidos, el interesado tendrá un plazo de treinta días hábiles para completar los documentos.
Luego de recibir todos los documentos del acta en el Registro Civil se procederá a la práctica de la inscripción principal de nacimiento del interesado y de la nota marginal de su nacionalidad de origen conforme a las normas generales que lo rigen. Las solicitudes se ejecutarán mediante los modelos normalizados que se anexaran como: I, II y III con esta instrucción.
Las principales autoridades del Registro Civil recibirán los documentos para revisarlos y le darán el valor del acta al modelo Oficial de la solicitud o declaración, y lo entregarán autenticado.