Si eres nicaragüense y estas pensando que necesitas para casarte por civil te diremos a continuación que necesita y algunas cosas mas.
¿Cuáles son los Requisitos para casarse por lo civil en Nicaragua?
Poder casarse en Nicaragua, con lo consagrado en Artos. 70, 71 y 72 de la Constitución Política de Nicaragua, y artículos. 21, 53, 54, 55 y 64 del Código de la Familia de la República de Nicaragua, todos tienen derecho a contraer matrimonio y establecer una familia.
Son legalmente elegibles para casarse, el hombre y la mujer que cumplieron 18 años. Los adolescentes entre las edades de 16 y 18 años pueden casarse cuando sus padres o tutores legales lo autoricen.
REQUISITOS:
Los que intentan casarse deben presentarse con anticipación:
- Solicitud de matrimonio
- Certificado de nacimiento (dos copias de cada certificado)
- Tarjeta de identidad del ciudadano (dos copias de cada identificación)
- Certificado de singularidad (extendido por el registro del estado civil de las personas de su domicilio)
Además de los documentos, deben estar acompañados por dos testigos adecuados y debidamente identificados, que declaran, bajo la promesa de la ley, que los contratistas son libres de ingresar al matrimonio civil. Los familiares están calificados para testificar.
Aquellos que intentan casarse, ya sean viudos o divorciados, deben cumplir con los mismos requisitos descritos anteriormente, pero si tienen hijos menores con bienes, deben tener:
- Inventario solemne de los bienes administrados por el viudo o viuda de los hijos del matrimonio anterior que están bajo su custodia y cuyos bienes les pertenecen, herederos del cónyuge fallecido o cualquier otro título para excluirlo de los regímenes económicos del nuevo matrimonio.
- Con hijos o sin hijos que no tienen activos a su nombre, presente un Certificado de Activos Negativos emitido por el Registro de Bienes Inmuebles y Comerciales.
- Si no tiene hijos menores o hijas de su matrimonio anterior, presente un Certificado de Negación de hijos e hijas. Si tienen hijos y son mayores de edad, envíe copias de los certificados de nacimiento.
Información Adicional:
Se esta realizando en toda Nicaragua el Registro Matrimonial
Registro matrimonial
1. ¿Qué es y cuándo hacerlo?
Servicio ofrecido a todos los residentes del municipio de Managua para registrar el matrimonio en el registro personal. Siempre que se hayan realizado en el distrito del municipio de Managua.
Su registro es obligatorio.
2. ¿Quién puede realizar este procedimiento?
Este procedimiento lo puede realizar uno de los dos cónyuges o una persona mayor de 21 años que presente la documentación correspondiente (descrita en el punto 4).
3. ¿Dónde se puede realizar este procedimiento?
Este servicio se puede hacer en Windows en el Registro Civil para Personas ubicado en el Módulo «A» del Centro Cívico, planta baja
Delegaciones distritales y SERVIGOB
Horario de oficina: de lunes a viernes, de 08:00 a 17:00.
4. Requisitos para este procedimiento.
Documentos:
- Certificado original del certificado de matrimonio expedido por un juez autorizado o certificado notarial.
- Copia del documento de identidad de ambos cónyuges.
- Copia del acta de nacimiento de ambos cónyuges.
- Copia del acta de nacimiento para niños reconocidos (si corresponde).
5. ¿La duración del procedimiento?
Para realizar el procedimiento:
- Presente la información detallada en el párrafo anterior, para una revisión posterior en el registro personal, la revisión es inmediata, está registrada.
- Luego, si la información es correcta, solicite y pague el certificado de matrimonio correspondiente:
- Servicio rápido: la certificación dura un día.
6. ¿Cuánto debo pagar?
costo:
- Servicio de certificación rápida (1 día) C $ 70.
- Costo por sello de impuesto adicional (opcional): $ 25
7. El certificado de matrimonio que se debe proporcionar debe mostrar la siguiente información:
- Número de documentos, hora, día, mes, año y lugar donde tuvo lugar el matrimonio.
- Notario público o juez.
- Los detalles de los cónyuges (nombre completo, edad, estado civil (solo), ocupación, número de documento de identidad, dirección, nacionalidad y nombre de los padres según el certificado de nacimiento).
- Cuando uno o ambos cónyuges sean menores de edad, anote los generales de la ley y el número de documento de identidad de los que aprueban el matrimonio.
8. ¿Duda?
Para más información, contacte con el registro civil.
oficina:
Centro cívico, módulo A, planta baja.
teléfono:
2265-2249