Lea los Requisitos para divorcio exprés en Chihuahua

Lea los Requisitos para divorcio exprés en Chihuahua es uno de los más rápidos y el meno complicado; al iniciar las gestiones del divorcio de mutuo acuerdo; estos se realiza en el Registro civil que corresponda en Chihuahua.

¿Cuáles son los Requisitos para divorcio exprés en Chihuahua México?

Conoces por medio de este atractivo artículo y lea los Requisitos para divorcio exprés en Chihuahua México,  te servirá de mucha ayuda y encontraras todo los tramites y soluciones que acarrea esta situación.

Requisitos:

Divorcio exprés este se realizara en las oficinas del Registro Civil.

  • Solicitar el formulario en la oficina del Registro civil; y el acta o certificado de matrimonio debidamente certificada.
  • Los contrayentes deben ser mayores de edad.
  • La pareja debe tener aproximadamente más de un año de casado para solicitar el divorcio.
  • Sin hijos o que sean mayores de edad.
  • Una original y fotocopia de los documentos que justifique la propiedad de los bienes adquiridos dentro del matrimonio debidamente certificada.
  • Artículo 255 inciso a Código Civil del estado 02 de mayo 2002.

Divorcio Voluntario este se procederá a solicitud de los cónyuges y se gestionara ante un juzgado familiar.

Artículo 410 c. Procedimientos civiles; este se podrá realizar luego de un año de casado aproximadamente.

Requisitos

  • Original del certificado o el acta de Matrimonio.
  • Original o certificado del acta de Nacimiento de los hijos menores de edad.
  • Artículo 411 c.p.c Original del acta del convenio sobre los bienes y custodia de los  hijos.
  • Original del acta de la pensión alimenticia.
  • Fundamentos del divorcio art. 256 del Código civil del Estado.
  • Si uno de los contrayentes tenga una afección crónica o incurable, contagiosa o hereditaria.
  • Si uno de los contrayentes tanga un vicio del juego o por alcoholismo y el uso de drogas enervantes.
  • Si unos de los contrayentes tome la decisión de abandonar el hogar por más de tres (3) meses o más de un año sin que haya entablado una demanda de divorcio y sin ninguna causa justificada.
  • Si uno de los cónyuges muestra negación de a ministrar alimentos el cual le correspondan.
  • Si uno de los cónyuges muestra conductas de violencia familiar sea con los hijos o su pareja.

Gestiones para un divorcio

  • El interesado debe presentar una demanda.
  • El interesado deberá tres (3) días para contestar.
  • El interesado debe presentar quince (15) días de prueba.
  • El interesado debe esperar tres (3) días para los alegatos.
  • El Interesado debe esperar que un juez proceda la sentencia.
  • El registro civil publicara la sentencia en el periódico oficial.
  • El juez ordenara a un fiscal que manden a inscribir en el Registro civil para que expidan el certificado o acta de divorcio.

La patria potestad

  • Los progenitores tienen un conjunto de obligaciones y derechos con sus hijos menores o si son mayores incapacitados y juntos con los bienes de la propiedad de ellos.
  • Se desempeñan en conjunto por los progenitores.

Asimismo la patria potestad la puede llevar otros miembros de la familia

  • Los abuelos paternos o maternos.
  • En caso de faltar estos abuelos de los progenitores lo puede ejercer otros familiares sanguíneos directos de ambos cónyuges.
  • Por último la Procuradora de la Defensa del Menor. Ver artículo: requisitos para nacionalidad portuguesa en México

Al fallar la Patria Potestad.

  • Esto se pierde por resolución Judicial.
  • Por mandato de Ley.
  • Por maltrato Infantil.
  • Por Abandono de hogar y deberes.
  • Por Abandono del hogar por más de treinta (30) días.
  • Por violar la ley de pensión por sesenta (60) días continúo.

La guarda y custodia de los menores ¿quien lo ejercerá?

  • El responsable de los cuidados diarios de los hijos menores de edad, son sus progenitores esto significa velar por su educación, salud, alimentación, y todo lo que abarque para su sano desarrollo.
  • El divorcio voluntario se ejerce con un acuerdo en común.
  • El divorcio contencioso lo elige el juez.
  • Los hijos menores de siete (7) años, se le otorga a la madre.
  • Los hijos mayores de siete (7) años, los niños con su papá y las niñas con mamá.Los hijos mayores de catorce años ellos tienen la facultad con quien desean quedarse y lo realizan antes un juez.

Al incumplimiento de la obligación alimenticia.

  •  El art. 188 del código penal Los que infrinjan las obligaciones de dar los alimentos a las personas el cual tienen derecho a recibirlos, tendrán seis meses a cuatro año o noventa a un año de multa.

Procedimiento por pensión alimenticia

  • Deben solicitar en el escrito de Demanda inicial.
  • Abra que indicarle al juez de familia la residencia en donde está ubicado el trabajo del demandado.
  • Al admitir la demanda el juez determina una pensión alimenticia provisional.
  • El juez envía un acta a la empresa donde trabaja el demandado para que estos les descuente el monto indicado.

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