¿Qué se Necesita para Hacer un Testamento en México?

Actualizado el jueves, 14 noviembre, 2019

¿Te encuentras en ese momento donde deseas realizar un testamento pero no tienes idea de cómo?, no te preocupes continúa leyendo y descubre todo detalladamente sobre qué se necesita para hacer un Testamento en México de una manera rápida, sencilla y sin ningún tipo de problema.

¿Qué es un testamento?

El testamento podríamos definirlo como el documento legal en el cual una persona en sus capacidades mentales dispondrá de todos sus bienes o posesiones después de su muerte. Estas pueden ser destinadas a las personas que el dueño del testamento desee ya que este determina quiénes son los que van a recibir dichos bienes.

Este documento puede beneficiar a los familiares de la persona que lo redacta pues a la larga puede evitar futuros problemas legales, económicos o familiares, ya que este por lo general establece cuál parte de la herencia le corresponde a cada heredero.

Características de este documento

Una vez que hemos definido qué es un testamento, es el momento ideal para describir sus características. A continuación se describen los detalles más específicos de este tipo de documento:

  • Es un documento personal

Este no puede ser realizado por otra persona que no sea el que deja los bienes a su voluntad, no puede ser realizado por ningún apoderado o abogado, solo puede ser realizado por el testador. De igual forma este puede contar con asesoría no relacionada con cuanto le va a dejar a los herederos, más bien su asesoría se basaría en cómo se realiza el documento para que este no tenga ninguna complicación.

Uno de los testamentos más comunes es el cruzado, este es entre esposos, el marido nombra como su única heredera a su esposa por la ausencia de hijos, y de igual manera la mujer nombra como su único heredero a su esposo ante la ausencia de hijos entre los dos.

También puede haber algunas condiciones en el testamento, por ejemplo si la herencia es monetaria y va dirigida a un hijo el cual no ha cumplido la mayoría de edad esta será entregada al cumplirla o también que sea entregada al concluir una carrera profesional, también se puede aplicar una pensión que le sea entregada esporádicamente mientras este sea soltero o se finalice el monto neto de la herencia.

No será admitido en un testamento establecer condiciones de que alguno de los herederos tenga la obligación de casarse para recibir la herencia.

Un testamento donde solo se deja una casa familiar es muy diferente en todo sentido a un testamento donde se dejan bienes de distinta índole o aquellos donde se ordena en el testamento la creación de una sociedad benéfica ya que requieren conocimientos más especializados y los encargados de hacer cumplir esto es el notario y el abogado del testador.
  • Es un documento revocable

El testador o persona que redacta el documento de testamento puede dar marcha atrás al mismo cuando él lo desee y dejarlo sin efecto, o sencillamente introducir un nuevo testamento. Es importante que en el nuevo testamento deba mencionar que se revoca el anterior si este aún se conserva.

  • Es de voluntad libre

Si en este documento alguna persona ejerce violencia física o moral al testador para que este sea redactado o alguna forma distinta a la deseada por el testador este puede ser anulado por el juez o bien si alguno de los herederos comprueba que existió tal violencia al hacer el testamento podrán hacer que un juez anule dicho documento.

¿Quiénes pueden testar?

El documento del testamento es realizado por personas capaces de disponer de sus bienes, esto quiere decir que debe ser mayor de edad y debe estar en pleno uso de sus facultades mentales, claro está que un menor de edad que se encuentre emancipado también podrá testar sobre sus bienes. De lo contrario no se admitirán testamentos de:

  • Menores de edad.
  • Mayores que tengan alguna incapacidad mental o psicológica.
  • Personas bajo el efecto de drogas o alcohol.
  • Personas en estado grave de salud y que no se encuentren en condiciones de testar.

En el caso de que alguna persona que posea alguna de incapacidad de testar presente algún testamento este podrá ser anulado por un juez una vez comprobada su incapacidad.

Tipos de testamento

Muchos pensarán que un testamento es solo eso y ya, pero en realidad existen cuatro tipos de testamentos, donde cada uno de ellos posee sus especificaciones, caracteres y motivos, los tipos de testamentos que verás a continuación deben ser muy específicos, los siguientes son:

  • Testamento público abierto
Este testamento se puede realizar de una manera abierta, cerrada o en tal caso simplificado en donde se necesita un notario público y posee un costo de alrededor de mil quinientos pesos, aunque cada año existe un mes exacto para realizar un testamento a bajo costo el cual se da únicamente en el mes de septiembre.

Dichos testamentos también se pueden llevar a un testamento especial el cual se da por las circunstancias en donde el testador no puede dirigirse a un notario público para poder dar sus deseos por lo que entran los siguientes testamentos:

  • Testamento privado

Este se elabora ante la imposibilidad  de un notario público y de un ológrafo, donde al no poderse hacer el testamento bajo el depósito del Archivo General de Notarías se puede acceder a este tipo. También se puede realizar en caso de que el testador posea una enfermedad muy grave en donde sea imposible asistir al notario.

En caso de que sea un militar o asimilado del ejército que esté activo o prisionero se debe redactar el testamento frente a cinco testigos o por lo menos tres, en donde deberán firmarlo y dar por hecho la realización. Ten en cuenta que este tipo de testamento pierde total validez un mes después de que el testador haya recuperado completamente su salud, llegue a salvo de la campa militar, esté en libertad  o en tal caso si la verdadera razón se pierde.

  • Testamento marítimo

Este tipo de testamento se da en caso de que el testador se encuentre en alto peligro, este se debe realizar por escrito y ser duplicado ante dos o tres testigos junto con el capitán del buque, en caso de que el testador sea el capital su función será revocada y lo tomará el siguiente en mando.

El capitán debe entregar el testamento al cónsul o vicecónsul en el puerto donde se desembarque el cual se dará a la autoridad marítima, esto lo deberán enviar a la Secretaría de Relaciones Exteriores quienes darán el aviso al Gobierno del Distrito Federal dándolo por la Secretaría de Gobierno o en tal caso al homólogo en el Estado de la República para que se pueda dar bajo la Gaceta Oficial del Distrito el informe de la muerte de ser el caso.
  • Testamento hecho en país extranjero

Este se puede realizar sin problema mientras se cumplan todas las formalidades del país en el cual se encuentra, ya que por ser válido en donde se realizó será válido en cualquier parte. Ten en cuenta que los requisitos se establecen simplemente por el hecho de encontrarse fuera del país y poder tener una asistencia de un cónsul o vicecónsul el cual tendrá la función de un notario o receptor que lea y posea el testamento.

Ten presente que todos los testigos deben ser mayores de edad, poseer nacionalidad y no poseer ninguna incapacidad al momento de la realización del testamento, claro está que tampoco puede ser testigo un ebrio, ciego, sordo o mudo, los que no puedan entender el idioma del testador, un empleado del notario o algún condenado por un delito de falsedad.

¿Qué se necesita para hacer un Testamento en México?

Debes tener en cuenta que lo que se necesita para hacer un testamento son cosas muy sencillas, pero no deberás perder tanto tiempo en realizar una lista de tus posesiones o en mostrar documentos que demuestren que eres el dueño de los mismos, lo que realmente deberás tener es una buena asesoría de un notario y estar atento a las preguntas que este te realizará.

Por ello debes tener lo siguiente al momento de realizar tu testamento:

  • Nombres y apellidos.
  • Nombre completo de los padres del testador.
  • Nombre completo del cónyuge del testador y de los hijos.
  • Estado Civil
  • Fecha y lugar donde nació.
  • La Nacionalidad.
  • Ocupación.
  • El Domicilio, con su dirección bien especificada.
  • Una identificación oficial como el IFE (instituto Federal Electoral) INE (Instituto Nacional Electoral) o el pasaporte.
  • El CURP.
  • El RFC.

También deberás tener presente las personas a las cuales les asignaras los siguientes cargos en tu testamento.

  • Herederos: Son las personas que recibirán de forma equitativa los bienes que se establecen en el testamento al momento de la muerte de la persona.
  • Legatario: Es la persona que recibe un inmueble o un bien específico establecido por el testador.
  • Sustitutos: Estas son las personas que podrían recibir la herencia del testador en caso de que los herederos o legatarios mueran antes de que lo haga el testador.
  • Albacea: Estas son las personas de mayor confianza del testador encargadas de que se cumpla el testamento.
  • Testigos: Estos solo serán necesarios en caso de que el testador posea alguna incapacidad, ya sea sordo, mudo, ciego, no sepa leer o por algún motivo no pueda firmar. Estos no podrán ser familiares del testador.

que se necesita para hacer un testamento

Requisitos el trámite

A continuación se describen los requerimientos para cada etapa del procedimiento:

  • Solicitud del trámite

Puedes acudir a cualquiera de los módulos de la Dirección General de Regularización Territorial con tu credencial del INE (Instituto nacional electoral) en un horario comprendido de 9:00 a 15:00 horas.

  • Pago del trámite

Una vez realices la solicitud del trámite de testamento se te hará entrega de una línea de captura y podrás realizar el pago en cualquier banco. El costo podrá ser diferente según la federación, lo bueno es que podrás adquirir hasta con un 50% de descuento.

Los adultos mayores deberán cancelar cuatrocientos cuarenta y cuatro (444,00) pesos mientras que todos los demás ciudadanos deben pagar trecientos treinta y cuatro (334,00) pesos. La ciudad de México tiene el trámite de testamento más económico que en el resto del país. Una vez solicitado el trámite dispondrás de treinta días para cancelar el mismo.
  • Asignación del Notario

Luego de dos semanas de haber cancelado el trámite la DGRT (Dirección General de Regularización Territorial) te asignarán un notario para que puedas continuar con tu trámite. Luego de que la DGRT te asigne el notario podrás contactarlo para concretar una cita en donde te darán los parámetros para realizar el trámite.

Requisitos para asistir a una cita con un notario según la SEGOB (Secretaría de Gobernación)

    • Deberá ser mayor de dieciséis años.
    • Se debe manifestar su voluntad de realizar el testamento.
    • Debe estar en pleno uso de sus facultades mentales.
    • Presentar el acta de nacimiento, con nombres y apellidos paternos y maternos, lugar de nacimiento, nacionalidad y estado civil.
    • Debe presentar identificación oficial en original y copia.
    • Nombre y apellido de los padres, cónyuge e hijos con fecha y lugar de nacimiento, incluso si alguno de estos ha fallecido.
    • Deberá Proporcionar el nombre de la persona a la cual se asignará el cargo de Albacea.
  • Entrega del testamento

Una vez finalices el trámite se te hará entrega de tu testamento con firma y sello de notario, luego tendrás un plazo de tres meses para entregar tu testamento al DGRT.

¿Cuándo es el mejor momento para hacer un testamento?

Debes tener en cuenta que el Gobierno de México por mucho tiempo ha realizado una campaña la cual es hecha en el mes de septiembre de cada año y este es conocido como el mes del testamento. Esta temporada es una gran oportunidad para aquellas personas que quieran realizar sus testamentos ya que durante este mes aumentan sus horarios de atención y reducen sus honorarios de cobros del trámite dejándolos desde un cuarenta por ciento hasta un sesenta por ciento de descuento.

Esto es realizado con la finalidad de que los ciudadanos realicen con tiempo sus trámites de testamentos y aumentar la cantidad de personas que realizan este trámite, ya que son muy pocas las personas que planifican la herencia que le será dejada a sus familiares o personas queridas antes de su fallecimiento.

Cabe destacar que este trámite lo debes realizar lo antes posible. En México está establecido que puedes realizarlo a partir de los dieciocho años, aunque en algunos estados lo permiten a partir de los dieciséis años, esto es debido a que así puedes realizarlo en pleno uso de tus facultades físicas y mentales ya que esto nadie lo puede realizar por ti.

¿Es necesario tener muchos bienes?

Si no posees ningún bien realmente no importa al momento de realizar tu testamento ya que en este entran los bienes presentes y futuros de la persona que lo realiza, no se trata de un asunto de riqueza, ya que este se basa más que todo en responsabilidad pues en algún momento determinado los allegados a la persona fallecida deberán pasar por un proceso de herencia sucesorial si es realizado el testamento, en el caso de que este no haya sido realizado los herederos deberán pasar por un proceso de herencia judicial del cual se encarga un juez, es más largo y más costoso.

¿Sobre qué bienes puede otorgarse?

Para saber cuáles son los bienes que se pueden incluir en un testamento es muy sencillo ya que mientras sea el apoderado de los bienes no existe problema, siempre suele decirse que como es una escritura pública solo debe aparecer el nombre de uno de las dos cónyuges si se llega al caso.

De igual manera puede suceder que las acciones de sociedades pueden tomarse por el nombre que salga en el testamento, pero lo que en realidad sucede que esto es un error muy común en todo testamento ya que si existen dos o tres matrimonios como cónyuges y aparecen en el testamento esta herencia se debe dividir para poderles dar una parte equitativa a cada persona, y en caso de existir hijos se deberá dividir entre la cantidad de personas que existan, o también pueden ser dados por el difunto entregándole cada posesión a cada persona correspondiente ya sea casa, carro, bienes o empresas.

¿Pueden heredarse obligaciones?

En realidad en cada testamento la persona que lo realiza puede dejar deberes o en tal caso obligaciones, en tal sentido puede ser relacionado en reconocer la existencia de un hijo y solicitar una pensión alimenticia a este o bien reconocer la existencia de alguna deuda o dar la obligación de pagar dicha deuda, eso sí con el patrimonio y no con el heredero.

¿Cuál es la forma más fácil de realizar un testamento?

Para destacar este punto aunque el testamento sea un papel o en tal caso un documento con una lista de pertenencias junto con la firma para así aclarar a quienes deseas tener en tu herencia, esto que no es nada válido para el proceso de herencia legal después de tu muerte. Una manera muy sencilla de poder realizarlo es dirigirte directamente a la notaría pública que tu desees ya que allí podrán darte una buena asesoría para que puedas redactar tu testamento sin problemas.

Además que este es tomado como tu última voluntad, ya terminado tu testamento el notario lo leerá en voz alta con el simple motivo de saber si tú estás de acuerdo con lo que acabas de redactar, en caso de estar de acuerdo completamente pasarás a firmarlo, luego lo firmará un notario y en tal caso uno o dos testigos de tu preferencia junto con la especificación del lugar y la fecha en que se realizó dicho testamento.

¿Puede ser anulado?

En la actualidad un testamento o cualquier acto jurídico primero deberá cumplir a buen término con cada reglamento establecido por el CCDF para no ser anulado, el cual corresponde a cada diferencia de estados de la República de México, de lo contrario será anulado en tal caso por una decisión definitiva de un juez o notario.

¿Puede no cumplirse?

Existen algunas circunstancias bajo las cuales un testamento no puede cumplirse, una de ellas sería en caso de que el testador haya nombrado a un heredero que esté en investigaciones por algún crimen o en también por ser acusado por el asesinato del testador. También se puede dar si se renuncia por la herencia sin alguna razón, renuncia legal al cargo de albacea, o por adulterio con el cónyuge fallecido.

Una vez realizado ¿se puede cambiar?

Si se puede cambiar, de hecho el testado posee todo el derecho de cambiar o revocar este documento, por lo que es libre de modificar el testamento tantas veces desee o en tal caso que sea necesario.

Además el dueño del testamento puede hacer uno nuevo si lo desea mientras deje en clara la última voluntad, al realizar esto es muy importante mencionar que  en el nuevo testamento debe ser aclarado que explicando que los deseos expresados en el documento anterior ya no son  anhelados, por lo que se cambia completamente su palabra.

QUÉ SE NECESITA PARA HACER UN TESTAMENTO

Si estoy casado ¿puedo realizar un testamento conyugal?

En realidad todo deberá depender del estado en donde se encuentre, ya que no es muy común realizarlo en conjunto, la mayoría de veces se recomienda realizarlo por separado para así poder evitar problemas de redacción y malentendidos con el tiempo. Algo que puedes hacer es informarte bien sobre el proceso para que dicho testamento se pueda ejercer como es y no tener malos ratos o pérdidas de tiempo o dinero.

¿Qué es la caducidad del testamento?

En este sentido se habla de caducidad cuando el testamento queda sin efecto alguno en caso de que el heredero o los herederos nombrados fallezcan antes que el testador o en tal caso de que no acepten la herencia.

Ten en cuenta que si un testamento es anulado, revocado o caducado posee una serie de consecuencias las cuales son muy sencillas pero difíciles de realizar. En este sentido, si el testamento es anulado, caducado o revocado sin efecto para los bienes y derechos del fallecidos se debe realizar una sucesión instertamentaria o si el caso es que el patrimonio del testador sea herencia a mitad y de la otra mitad no se posee heredero se deberá realizar el mismo trámite junto con una carta del heredero dando compromiso a mantener esta parte del patrimonio.

En caso de que quieras realizar un testamento para expresar tus voluntades finales y desees ver un video donde te puedan explicar detalladamente cómo realizarlo, dale clic al siguiente:

Septiembre mes del testamento / ¿Cómo tramitar un testamento?

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